Guía paso a paso: Partición de común acuerdo en Chile

Guía paso a paso: Partición de común acuerdo en Chile
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Patricia Marambio

La partición de bienes de común acuerdo en Chile es un procedimiento legal para dividir propiedades compartidas entre co-propietarios. Aquí tienes una guía detallada:

Introducción e Importancia

La partición de común acuerdo permite a los copropietarios dividir amigablemente una propiedad compartida, como una herencia o bienes adquiridos en común, sea por personas naturales o personas jurídicas (empresas). Es crucial para evitar disputas, gestionar propiedades de manera eficiente y formalizar la distribución de activos.

Ahora, como hemos informado en el post de “Redacción de Testamento”, cuando el testador dejó un bien a más de una persona, o sin testamento, hay más de un propietario sobre el mismo bien, cualquier beneficiario del difunto podrá pedir la posesión efectiva de la herencia, en la cual se inscribirá en el CBR la titularidad del bien bajo varios propietarios. Si estos llegan a acuerdo, el bien tendrá solo un propietario, y la inscripción en el CBR de este acuerdo se llamará posesión especial de la herencia. 

Requisitos Previos

  • Co-Propiedad: Existencia de bienes en copropiedad, es decir, un bien que tenga más de un propietario.
  • Acuerdo entre Partes: Todos los copropietarios deben estar de acuerdo. Basta con que un solo copropietario no esté de acuerdo para que la partición no se lleve a cabo, en dicho sentido para llevar a cabo la división deberás concurrir ante Tribunales de Justicia.
  • Capacidad Legal: Todos los involucrados deben ser mayores de edad o representados legalmente.

Documentación Necesaria

  • Título de Propiedad: Documentos que acrediten la propiedad compartida ante el Conservador de Bienes Raíces.
  • Identificación de los Copropietarios: Cédulas de identidad o representación legal.
  • Inventario de Bienes: Lista detallada de los bienes a dividir.
  • Acuerdo de Partición: Documento donde se detalla cómo se dividirán los bienes.

Procedimiento Detallado

  1. Elaboración del Acuerdo de Partición: Redactar un documento donde se especifique cómo se distribuirán los bienes, esto suele tardar entre 5 a 7 días hábiles.
  2. Firma del Acuerdo: Todos los copropietarios deben firmar el acuerdo.
  3. Ratificación ante Notario: Llevar el acuerdo a un notario para su legalización. Si el acuerdo recae sobre bienes inmuebles este documento debe realizarse como escritura pública. El documento será firmado y legalizado por notaría en un máximo de 3 días hábiles.
  4. Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces: Si la partición incluye bienes raíces, inscribir el acuerdo en el Conservador de Bienes Raíces de la comuna en que esté ubicado el inmueble, este trámite puede tardar 3 días hábiles.
  5. Liquidación de Impuestos: Si corresponde, pagar los impuestos asociados a la transferencia de bienes.

Costos y Tarifas

  • Honorarios Notariales: Dependen de la notaría y la complejidad del acuerdo de partición.
  • Costos de Inscripción: Tarifas del Conservador de Bienes Raíces.
  • Impuestos adicionales: Solo en el caso de herencias y donaciones.

Tiempo Estimado

  • Preparación del Acuerdo: Puede variar según la complejidad, pero en nuestra experiencia suele tardar 5 días hábiles su escrituración.
  • Trámites Notariales y de Registro: Generalmente toma 3 días hábiles en notaría y 3 días hábiles ante el Conservador de Bienes Raíces.

Errores Comunes y Cómo Evitarlos

  • Desacuerdos Post-Firma: Asegurar que todos los involucrados estén conformes antes de firmar.
  • Valoración Inadecuada de Bienes: Es recomendable obtener una valoración profesional de los bienes.

Consejos Adicionales y Recomendaciones

  • Asesoría Legal: Consultar a un abogado para redactar el acuerdo y guiar el proceso.
  • Comunicación Clara: Mantener una comunicación abierta y honesta entre los copropietarios.

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